| | | | | | | | | | 23 de Septiembre de 2014 - Sector: - Fuente: FAECA Granada | | FAECA-Granada aplaude la publicación del Reglamento de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas | | La federación ofrece sus servicios jurÃdicos a las cooperativas para la adaptación estatutaria que deberán realizar a lo largo de los próximos meses |
| | |
| | | FAECA-Granada celebra la publicación hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del Decreto 123/2014, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, en el que la federación ha trabajado intensamente, aportando numerosas propuestas y alegaciones, las cuales han sido estimadas en una gran mayoría. Finalmente, y con más de dos años de retraso, pues la reglamentación debería haberse publicado seis meses después de la Ley, el texto definitivo ha visto la luz, marcando el inicio de un nuevo período en el desarrollo del cooperativismo agroalimentario. | | En este sentido, y la organización ya lo manifestó en su momento, FAECA-Granada valora el carácter moderno de este nuevo marco legislativo, el cual otorga, como así se había solicitado, una gran flexibilidad a las cooperativas agroalimentarias para que diseñen modelos de empresa a su medida, en un contexto en el que ya no se limitan a almacenar productos, sino que transforman e incorporan valor añadido a los mismos, para satisfacer las demandas de un mercado cada vez más globalizado. | | Asimismo, la normativa se aproxima a la vigente en países del norte y centro de Europa, con una actividad fuertemente cooperativizada, y permite a nuestras empresas seguir creciendo dentro de la estructura cooperativa y no, como ocurría hasta ahora, que, a partir de una determinada dimensión y nivel de transformación, se veían obligadas a adoptar otro tipo de fórmulas. | | En línea con lo anterior, introduce y desarrolla la figura de Grupo Empresarial Cooperativo, la cual permite procesos de integración tanto entre cooperativas como también con otro tipo de entidades, siempre que sus integrantes sean mayoritariamente cooperativos. | | Otros aspectos destacados del Reglamento, son la agilización de trámites a la hora de crear sociedades, incorporar socios y crear puestos de trabajo, regulando la posibilidad de constituir una cooperativa o modificar los estatutos sin necesidad de escritura notarial y rebajando, de dos meses a uno, el tiempo de respuesta de la Administración. | | Además, refuerza los controles sobre las secciones de crédito, regula más ampliamente las distintas secciones de las cooperativas y la cesión global del activo y el pasivo, y posibilita que las aportaciones de capital entre socios se transmitan a terceros, previo acuerdo del Consejo Rector, evitando así su descapitalización. | | Por otra parte, permite el uso de las nuevas tecnologías para el ejercicio del derecho a la información y el funcionamiento de los órganos sociales, amplía de tres a seis meses el plazo del procedimiento disciplinario a los socios e introduce los llamados comités técnicos como órganos de garantía estatutaria. | | Finalmente, el Reglamento incluye otras disposiciones relativas a sostenibilidad empresarial y medioambiental, fomento del empleo estable y de calidad, e igualdad. | | A fin de ayudar a las entidades asociadas en esta materia, FAECA-Granada pone a su disposición los servicios de asesoramiento y apoyo de su Departamento Jurídico, el cual cuenta con un conocimiento en profundidad de la norma, habida cuenta de todo el trabajo desarrollado a lo largo de los últimos años con su activa participación en la Comisión para la Reforma de la Ley de Cooperativas y su Desarrollo Reglamentario. | |
| | | | | | | | |