21 de Abril de 2014 - Sector: - Fuente: FAECA Granada |
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Aprobadas reducciones en los módulos de IRPF correspondientes a almendro, espárrago, subtropicales y bovino de leche | | Esta rebaja fiscal se aplica en la campaña de renta que comienzará el próximo 23 de abril |
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El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha publicado la Orden HAP/596/2014 por la que se reducen los Índices de Rendimiento Neto en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para algunas actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales durante el año 2013. |
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Destacan las reducciones fijadas en el caso de la producción de almendra (0,18), puesto que se ha visto notablemente mermada en Andalucía, tanto por problemas de polinización como consecuencia de las continuas y abundantes lluvias en el momento de la floración, como por algunas heladas a principios del año 2013. |
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Con carácter nacional se aplican reducciones fiscales a la producción de flores y plantas ornamentales (0,16) y bovino de leche (0,26). |
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Con respecto a las producción granadinas, se han reducido los índices de rendimiento neto de espárrago y calabacín hasta un 0,18, y de productos del olivo en los municipios de Albolote, Deifontes, Gor, Gorafe y Guadix hasta un 0,09. Estas producciones sufrieron el pasado año una campaña irregular debido a las condiciones climáticas, con bajas temperaturas y heladas en algunos casos. |
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Las frutas subtropicales de la Costa, que registraron pérdidas de producción debido a fuertes tormentas, también han obtenido un reducción de índice hasta el 0,19 en el caso de aguacate y mango y hasta el 0,09, en la chirimoya. |
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Las reducciones de módulos aprobadas en la Orden se traducen en una disminución proporcional de la base imponible derivada de los rendimientos de la actividad agraria, y por tanto, del resultado de la declaración del IRPF. |
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Cara a la declaración del IRPF que se inicia el próximo 23 de abril, es también destacable la Orden de 28 de noviembre sobre los valores de los índices de rendimiento neto para 2013. En su Disposición adicional primera, se establece una reducción de un 5% del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para 2013. |
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